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Naturaleza jurídica y composición.

1. El Consejo Regulador es el órgano de gestión de la Denominación de Origen Protegida «Granada». Se constituye como corporación de Derecho Público sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia, autonomía económica y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines que con carácter general sujeta su actividad al Derecho Privado, excepto en las actuaciones que impliquen el ejercicio de potestades públicas, en las que debe sujetarse al Derecho Administrativo.

2. En virtud de su naturaleza corporativa y su calificación como órgano representativo y democrático, el Consejo Regulador estará integrado por las personas físicas o jurídicas titulares de viñedos y bodegas debidamente inscritas en los Registros establecidos en el artículo 28 del presente Reglamento, que manifiestan su voluntad de formar parte de dicho Consejo, rigiendo en todo momento los principios de autonomía de gestión, ausencia de ánimo de lucro y funcionamiento democrático, representatividad de los intereses económicos y sectoriales, con especial atención de los minoritarios y representación paritaria de los sectores confluyentes.

Estructura de gobierno y gestión.

3. Los órganos de gobierno y gestión del Consejo Regulador son:
a) La presidencia.
b) El pleno.
c) La secretaría general.
d) La comisión técnica.

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El Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida GRANADA

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Estructura y Funcionamiento

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